En 1998, mi abuelo después de la muerte de su esposa registró a mi hijo para sí mismo. Ahora el abuelo también murió. Resultó. que en la orden mi hijo no está inscrito y por lo tanto no se deja en sus manos (se lo mantiene en el departamento de vivienda) Por lo tanto, no puede comenzar la privatización. Está registrado solo en el departamento. Dijeron que ahora a través de la corte es necesario probar que él era un miembro de la familia de sus abuelos. ¿Qué más se puede negar en la privatización? ¿Es esto así y qué deberíamos hacer?
Buenas tardes! ¡Estás equivocado de decir! Una orden es solo una hoja de papel para el derecho de introducción inicial. Actual exactamente 1 mes. Además, el concepto de una orden no existe desde hace mucho tiempo. Existe el concepto de "contrato de contratación social". El alojamiento en las instalaciones residenciales de los ciudadanos como miembros de la familia del empleador HACE EL CAMBIO DEL ACUERDO APROPIADO DE LA HABITACIÓN SOCIAL DE LA INSTALACIÓN RESIDENCIAL EN LA PARTE DE LA NECESIDAD DE INDICAR ESTE ACUERDO DE UN NUEVO MIEMBRO DEL HOGAR. Los miembros de la familia del inquilino de una vivienda en virtud del contrato de contratación social DEBEN SER INSTITUIDOS EN EL CONTRATO DE HABITACIÓN SOCIAL DEL PREMIO RESIDENCIAL. Un miembro competente de la familia del empleador con el consentimiento del resto de los miembros de su familia y el propietario tiene derecho a exigirse el reconocimiento de sí mismo como empleador en virtud de un contrato anterior de contratación social en lugar del empleador original. EL MISMO DERECHO ESTÁ INCLUIDO EN CASO DE LA MUERTE DEL RENAMINADOR A CUALQUIER HERMOSO MIEMBRO DE LA FAMILIA DEL RECEPTOR MUERTO. El nieto registrado en el departamento tiene DERECHO A REQUERIR EL RECONOCIMIENTO DEL SER. Y, en consecuencia, tiene el derecho INCONDICIONAL a la privatización. Para ser honesto, todavía no he encontrado una declaración del tema por parte de los funcionarios. Ni siquiera sé cómo llamarlo ... Con respeto, el abogado N. Fedorovskaya.